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 Matrícula oficial presencial

 

Enseñanza Oficial-presencial 

Se considera oficial-presencial la modalidad de enseñanza en la que el alumno, integrado en un grupo, asiste regularmente a clase a lo largo de un curso académico completo. 

TIPO DE HORARIO:

• Clases en días alternos: dos horas y cuarto un día y dos horas otro día,  dos días a la semana, lunes y miércoles o martes y jueves.

La asistencia a clase es obligatoria y los alumnos que tengan una falta de asistencia continuada superior a un 30% de las horas lectivas del curso perderán los derechos de matrícula. Consultad el apartado “Asistencia a clase” dentro del apartado “Alumnado” para tener una información más detallada al respecto.

El total de horas anuales es de al menos 120 por curso. 

Condiciones para matricularse

1. Condiciones generales. 

Para acceder a las enseñanzas de Escuela Oficial de Idiomas es requisito imprescindible tener 16 años.Si tienes 14 ó 15 años, puedes matricularte en una EOI para cursar idiomas distintos a los que estés estudiando en tu instituto.

Los estudiantes extranjeros podrán presentar solicitudes para cursar cualquier idioma que se imparta en la Escuela salvo para cursar estudios en su lengua materna.

Los estudiantes menores de edad deberán aportar los datos personales del padre, madre o tutor, que se incluirán en su expediente.

Sólo está permitido efectuar una modalidad de matrícula (oficial presencial, oficial a distancia o libre) del mismo idioma en el mismo curso académico.

Es preciso presentar toda la documentación requerida en el momento de formalizar la matrícula.

Para formalizar la matrícula no es imprescindible la presencia del interesado; cualquier persona, debidamente acreditada, puede formalizar la matrícula en su lugar.

La matrícula es intransferible, tanto de una persona a otra, como de un idioma a otro. 

La formalización de la matrícula se considera definitiva cuando el alumno entrega en la Secretaría del Centro el justificante de pago bancario y la documentación requerida.

1.2. Matrícula Oficial

El Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, que en la actualidad pertenece a la Dirección General de Ordenación Académica, publica todos los años las Instrucciones que regulan el proceso de admisión de nuevos alumnos.

Estas instrucciones informan sobre documentación,  plazos y demás circunstancias que regulan la forma de acceder a las EEOOII.

• Toda persona que desee matricularse como nuevo alumno oficial deberá presentar su solicitud en el plazo y forma que establezcan las Instrucciones de la Consejería de Educación que regulan el proceso de admisión de alumnos.

• Se consideran alumnos nuevos, y tienen que someterse al proceso de admisión, aquellos que desean cursar estudios por primera vez, los que cursando un idioma en régimen oficial desean reiniciar los estudios en otro u otros idiomas, los que han interrumpido sus estudios en la EOI por cualquier causa y desean continuarlos, los alumnos a los que se ha anulado matrícula , por falta de asistencia, han perdido la oficialidad, los que hayan renunciado a su matrícula, los que proceden de enseñanza libre y los alumnos procedentes de Francés o Inglés On Line.

• El alumno matriculado como oficial en el curso académico inmediatamente anterior no tiene que presentar solicitud en el proceso de admisión de nuevos alumnos y tiene prioridad para volver a matricularse en el mismo idioma y en la misma modalidad (presencial o a distancia), excepto en el caso de que haya agotado los años de permanencia (cuatro por nivel)  a las que tuviera derecho. Una vez agotado el plazo de prioridad, las vacantes se ponen a disposición de otros aspirantes.

• Para matricularse en un curso, es necesario tener aprobado el inmediatamente inferior o acreditar el correspondiente nivel de conocimientos.

• No se admiten matrículas de nivel inferior al último curso aprobado.

• Para acceder al Nivel Intermedio y Nivel Avanzado será indispensable estar en posesión de la certificación del Nivel Básico y Nivel Intermedio.

•Un alumno oficial no podrá estar matriculado de un mismo idioma en dos cursos o niveles a la vez.

1.3. Clasificación 

Prueba de Clasificación

Para que los alumnos se inscriban en el nivel más adecuado a sus conocimientos del idioma elegido pueden realizar una Prueba de Clasificación que suele tener lugar la última quincena de mayo, aunque estas fechas pueden variar según el curso escolar, por lo que se recomienda consultar la página web del centro para verificar las fechas exactas.

Por medio de la Prueba de Clasificación no podrá asignarse en ningún caso un nivel superior a segundo de Nivel Básico. La realización de la prueba de clasificación es sólo para diagnóstico del nivel del alumno (1º NB, 2º NB) En ningún caso se entenderá tal circunstancia como adjudicación automática de plaza. Una vez matriculado el alumno, y sólo entonces, el resultado de esta prueba será incorporado al expediente académico y tendrá validez para un año y para todas las EEOOII.

Enseñanza en régimen libre

La modalidad de enseñanza en régimen libre solamente da derecho a la realización de exámenes para la obtención de los Certificados de Nivel Básico, Nivel Intermedio y Nivel Avanzado.

El calendario para matrícula libre se hace público en la segunda quincena de enero. Los Departamentos didácticos informan sobre las pruebas y contenidos de los exámenes de certificación.

Condiciones para matricularse

1. Condiciones generales. 

Para acceder a las enseñanzas de Escuela Oficial de Idiomas es requisito imprescindible tener 16 años. Si tienes 14 ó 15 años, puedes matricularte en una EOI para cursar idiomas distintos a los que estés estudiando en tu instituto.

Los estudiantes extranjeros podrán presentar solicitudes para cursar cualquier idioma que se imparta en la Escuela salvo para cursar estudios en su lengua materna.

Los estudiantes menores de edad deberán aportar los datos personales del padre, madre o tutor, que se incluirán en su expediente.

Sólo está permitido efectuar una modalidad de matrícula (oficial presencial, oficial a distancia o libre) del mismo idioma en el mismo curso académico.

Es preciso presentar toda la documentación requerida en el momento de formalizar la matrícula.

Para formalizar la matrícula no es imprescindible la presencia del interesado; cualquier persona, debidamente acreditada, puede formalizar la matrícula en su lugar.

La matrícula es intransferible, tanto de una persona a otra, como de un idioma a otro.

La formalización de la matrícula se considera definitiva cuando el alumno entrega en la Secretaría del Centro el justificante de pago bancario y la documentación requerida.

1.2. Matrícula Libre 

• Se entiende por candidato libre aquél que se matricula en la EOI sólo con la finalidad de hacer los exámenes correspondientes para obtener el Certificado de Nivel Básico, Nivel Intermedio o Nivel Avanzado.

• La matrícula libre permite al candidato  presentarse a los exámenes en dos convocatorias en las fechas que se publicarán en los folletos informativos, tablones del Centro y página web.

• Los candidatos matriculados en régimen libre para obtener el Certificado de Nivel Básico que tienen intención de matricularse en la modalidad oficial presencial para cursar 1º de Nivel Intermedio, deberán presentar la solicitud correspondiente en los plazos establecidos en el proceso de admisión de nuevos alumnos. Esto mismo ha de ser tenido en cuenta por los candidatos que obtengan el Certificado de Nivel Intermedio y estén interesados en ingresar como alumnos oficiales de 1º de Nivel Avanzado el curso próximo.

• Los contenidos, el tipo de prueba y los criterios de calificación de los exámenes libres se corresponden con los de los exámenes presenciales del mismo nivel. De hecho, las pruebas de certificación son las mismas para todos los alumnos presenciales y candidatos libres y para todas las EEOOII de la Región de Región de Murcia desde junio de 2005.

 
 
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